DS-49 Urbano
¿En qué consiste?
El Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regido por el Decreto Supremo N°49, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 2011, publicado en Diario Oficial el 26 de abril de 2012, permite a familias vulnerables que no pueden acceder a un crédito hipotecario financiar la adquisición o construcción de una vivienda cuyo precio no puede superar las 950 Unidades de Fomento (UF).
El monto de subsidio se determinará según la comuna o localidad en donde se adquiera o construya la vivienda y de las condiciones particulares del postulante.
Las postulaciones pueden ser individuales y colectivas, de ser estas colectivas, requerirá de una entidad patrocinante que realice el proyecto para su posterior ingreso a SERVIU.
TIPOS DE PROYECTOS
Construcción en Nuevos Terrenos (CNT)
Adquisición de Vivienda
El monto del subsidio dependerá de si se trata de una compra o construcción de una vivienda, de la comuna donde ésta se ubique, y de las características del núcleo familiar de quien postule. Si corresponde, el monto de subsidio base podrá incrementarse con subsidios complementarios.
Este apoyo del Estado permite adquirir una casa o departamento, nuevo o usado, sin crédito hipotecario en sectores urbanos o rurales, a familias sin vivienda y que viven en una situación de vulnerabilidad social. Como también permite construir una casa o Departamento, sin crédito hipotecario en sectores urbanos o Rurales, a familias sin vivienda y que viven en una situación de vulnerabilidad social.
Las Entidades Patrocinantes y Constructoras le pueden ayudar en el proceso de construir su vivienda.
¿A quién está dirigido?
Estos aportes están dirigidos a familias sin vivienda que viven en situación de vulnerabilidad social, que no tienen capacidad de endeudamiento y que cuenten con bajo puntaje de Carencia Habitacional en la Ficha de Protección Social (FPS). De este modo, quienes cumplan con estos requisitos podrán adquirir una casa o departamento nuevo o usado, o construir una casa o departamento, sin la necesidad de un crédito hipotecario, ya sea en sectores urbanos o rurales. En el caso de postular al subsidio de construcción de vivienda de manera colectiva se permitirá que hasta un 30% de los integrantes del grupo tengan un puntaje mayor al definido.
¿Cómo se financia?
El Aporte del Estado está compuesto por un subsidio base que varía de acuerdo a la ubicación de la vivienda y de subsidios complementarios que aplican según las características del proyecto y la familia. El programa se financia a través del subsidio que otorga el Estado y el ahorro del interesado. Se financia en forma distinta dependiendo del subsidio a cuál desee postular:
En todos los programas de este subsidio, el ahorro del propietario dependerá de su carencia habitacional.
¿Cómo se postula?
Solicite o actualice la Ficha de Protección Social en la Municipalidad de su comuna (solo en caso de ser necesario).
Infórmese y solicite orientación sobre los programas del ministerio y consulte por las fechas de postulación.
Abra una cuenta de Ahorro para la Vivienda y deposite en ella su ahorro. Se requiere una Entidad Patrocinante (EP).
Se requiere una Entidad Patrocinante (EP).
Se debe postular en forma individual, de forma presencial o electrónica directamente en SERVIU, o colectiva a través de una ENTIDAD PATROCINANTE (EP), la EP ingresará al SERVIU la documentación que exige el programa y velará por que los interesados cumplan todos los requisitos para postular. Además, se debe contar con una constructora que se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Constructores.
Requisitos
Pueden postular los chilenos o extranjeros.
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Tener mínimo 18 años de edad.
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Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros además de su Certificado de Permanencia Definitiva.
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Postular como grupo familiar (no de manera individual). Acreditar en la FPS un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales), excepto aquellas afectadas por alguna discapacidad (acreditada por la COMPIN), Adultos Mayores, ciudadanos que tengan la calidad de indígenas, personas reconocidas en el Informe Valech y viudos/as.
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Tener el ahorro mínimo (según detalles del llamado vigente) acreditado en la fecha que corresponda (el último día hábil del mes anterior al cual postule).
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Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge ni el conviviente).
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Contar con su Ficha de Protección Social (FPS) vigente.
En el caso de postular al subsidio de construcción de vivienda de manera colectiva se puede permitir que hasta un 30% de los integrantes del grupo tengan un puntaje mayor.
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No poseer una vivienda ni ser, ni haber sido, beneficiarios de otro subsidio habitacional.
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Contar con la clave única, si postula en línea.